Crecer sin ordenar puede convertir el éxito en un problema. El abogado Osmar Báez plantea algunas decisiones legales que pueden marcar la diferencia entre un emprendimiento que sobrevive y una empresa preparada para escalar.
1- Obtener el RUC y proteger la identidad:
El RUC es el punto de partida. La inscripción puede iniciarse en línea ante la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT), con datos personales, domicilio, actividad económica y la documentación correspondiente. Para facturar, además, debe habilitarse el sistema de comprobantes. Tener un nombre de fantasía en el RUC no significa que sea una marca protegida. Se recomienda verificar, antes de invertir en logo, cartelería, packaging y redes sociales, si el signo puede ser protegido y si existen antecedentes que representen un riesgo.
2- Elegir la estructura jurídica adecuada:
La figura jurídica debe responder al negocio que se quiere construir. Una persona puede comenzar a título personal, pero una empresa unipersonal no debe confundirse con estructuras que generan separación jurídica y patrimonial, como una EIRL o una EAS.
La EAS puede constituirse por una sola persona, tiene personalidad jurídica propia y permite incorporar nuevos socios. Sin embargo, una SRL, SA u otra estructura podría ser más conveniente según los socios, inversión, riesgos, contratación de personal, financiamiento y forma de tomar decisiones.
3- Aprovechar el SUACE:
El SUACE concentra y articula trámites vinculados con constitución y registro, matrícula de comerciante, inscripción patronal, registros ante IPS y MTESS, Cédula Mipymes y determinados trámites municipales. La apertura de las EAS también se articula mediante este sistema. Pero ventanilla única no significa habilitación única. Según el rubro, pueden requerirse autorizaciones sanitarias, ambientales, municipales o sectoriales adicionales.
4- Ordenar la relación laboral:
Con el primer trabajador aparecen obligaciones laborales y de seguridad social, tales como la inscripción patronal, alta, aportes al IPS, jornada, salario, vacaciones, descansos y documentación laboral, entre otras.
La Ley N.º 7.444/2025 prevé, para las mipymes comprendidas en ese régimen, que la inscripción obrero-patronal y las altas y bajas de trabajadores se canalicen a través del IPS, con intercambio de información con el MTESS. Emitir una factura no elimina automáticamente una relación laboral si existen horario, instrucciones, dirección y dependencia.
5- Mapear las habilitaciones:
Antes de alquilar un local conviene saber qué habilitaciones exige la actividad. Deben revisarse patente, licencia comercial, uso de suelo y exigencias municipales, además de la regulación específica de cada sector. Según el rubro pueden intervenir Dinavisa, INAN, Senave, MADES u otras instituciones. La recomendación final es hacer un mapa regulatorio antes de invertir. ¿Qué se venderá? ¿Dónde se operará? ¿Quién controla la actividad? ¿Qué debe registrarse y habilitarse? ¿Qué obligaciones habrá cada mes? ¿La marca está disponible? ¿Se contratarán trabajadores?
