Faltan pocos días para que el aguinaldo llegue a las cuentas y aún hay dudas sobre cómo se calcula. Qué ingresos entran y cuáles quedan afuera. El Ministerio de Trabajo brinda una herramienta digital útil y segura que permite saber, en solo cuatro pasos, cuánto corresponde cobrar.
En diciembre, se activa casi de forma automática una palabra que suena más fuerte que los villancicos: aguinaldo.
A días del cobro, la pregunta ¿cuánto me toca cobrar realmente? se repite con más fuerza en oficinas, comercios y grupos de WhatsApp.
Y aunque el aguinaldo está garantizado por ley, cada año surgen dudas y reclamos vinculados a cálculos incorrectos o a la inclusión de conceptos que no corresponden.
El aguinaldo no es un bono ni un premio de fin de año. Es un derecho constitucional, regulado por el Código Laboral, y equivale a la doceava parte de todas las remuneraciones salariales devengadas durante el año calendario.
El empleador es el responsable de abonarlo y el trabajador tiene derecho a verificar el monto.
El cálculo es simple. Se suman todos los ingresos salariales del año y se dividen entre 12. Si el trabajador no cumplió un año completo de antigüedad, el cálculo se realiza únicamente sobre los meses trabajados.
¿Qué debe ser abonado? Entran en esta cuenta el salario, horas extras y comisiones, en tanto que quedan excluidas las sumas de dinero abonadas para cumplir otras imposiciones legales (guarderías, bonificación familiar, aportes a sistemas de seguridad social, subsidios, reposos médicos, etc).
Tampoco se contemplan los pagos en concepto de viáticos, transportes, comidas, etc, ni las sumas desembolsadas a favor de las y los trabajadores destinadas a capacitación, premios por títulos, incentivos para estudios, o similares.
El Mtess recuerda que pone a disposición su calculadora digital de aguinaldo, una herramienta gratuita que permite saber en solo cuatro pasos cuánto corresponde cobrar. Solo se ingresan los datos salariales y el sistema realiza el cálculo automáticamente.
¿Qué hacer si la empresa incumple con esta obligación? A partir del 2 de enero, podés presentar tu denuncia en la sede del Ministerio de Trabajo, en Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí, Asunción, o en las oficinas regionales del país. También podés realizar una denuncia anónima llamando al (021) 729 0100.
Recordá que el Ministerio de Trabajo está comprometido con el cumplimiento de estos derechos. En enero del 2025 se registraron 571 casos de denuncias y asesoramientos por falta de pago del aguinaldo. En total 174 empresas estuvieron involucradas.
En un contexto donde cada guaraní cuenta, informarse marca la diferencia. El aguinaldo ya llega y, esta vez, la cuenta conviene hacerla antes de que el dinero caiga en la cuenta.

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