01/12/2023 18:59
¿Cómo calculo cuánto me corresponde de aguinaldo?
Llegó diciembre y con él la temporada más festiva del año tanto por las fiestas como por el aguinaldo, un derecho laboral inalienable según el Artículo 243 del Código Laboral, que afirma que los empleadores tienen la obligación de abonar este beneficio antes del último día del año.
¿Qué implica realmente este pago? El aguinaldo se calcula en base a los ingresos totales del empleado durante el año, incluyendo salarios, horas extras, comisiones, entre otros, divididos en doce meses. Importante: no se consideran para este cálculo la bonificación familiar ni el permiso por maternidad.
Para mayor claridad en este proceso, el Ministerio de Trabajo pone a disposición la Calculadora de Aguinaldos en su página web www.mtess.gov.py bajo la sección de Servicios. Entrá y asegurate de recibir lo que te corresponde.
Es crucial conocer tus derechos, el aguinaldo, de acuerdo con el Artículo 245 del Código Laboral, es inembargable. Esto significa que ningún descuento puede aplicarse sobre este beneficio.
¿Qué hacer si la empresa incumple con esta obligación? A partir del 2 de enero, puedes presentar tu denuncia en la sede del Ministerio de Trabajo, en Luis Alberto de Herrera esquina Paraguarí, Asunción, o en las oficinas regionales del país. También puedes realizar una denuncia anónima llamando al (021) 729 0100.
Recordá que el Ministerio de Trabajo está comprometido con el cumplimiento de estos derechos. En el año 2022, se gestionaron 147 denuncias contra 81 empresas por falta de pago de aguinaldo. Gracias a la intervención, se logró el pago de G. 65,2 millones a favor de los trabajadores afectados.
El Ministerio de Trabajo cuenta con personal especializado para brindar asesoramiento a empleadores y trabajadores, asegurando el cumplimiento efectivo de esta obligación legal, ahora sí, feliz inicio de mes.
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