La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) emitió la Resolución General N° 105/2021 “Por la cual se disponen medidas administrativas para la emisión de Documentos Tributarios Electrónicos y se designan a contribuyentes como facturadores electrónicos”.
Desde la cartera tributaria señalaron que se establecen las fechas a partir de las cuales deberán emitir únicamente de forma electrónica todos los documentos tributarios.
Mediante la resolución emitida se dispone, primeramente, la modificación de las fechas a partir de las cuales los contribuyentes que formaron parte del Plan Piloto y de la fase de Adhesión Voluntaria del Sistema Integrado de Facturación Electrónica Nacional (SIFEN) debían emitir únicamente de forma electrónica sus documentos tributarios según Resolución General N° 95/2021, siendo la nueva fecha a partir del 1 de julio de 2022, con el objetivo de lograr una implementación sostenible y gradual del SIFEN.
La SET, para avanzar con la masificación del uso de la Factura Electrónica en Paraguay, dispuso la designación de forma anticipada de nuevos grupos de contribuyentes obligados a emitir electrónicamente todos sus Comprobantes de Ventas y Documentos Complementarios, los Comprobantes de Retención y las Notas de Remisión, en los años 2023 y 2024.
En este sentido, los contribuyentes individualizados en los grupos del 1 al 10, deberán emitir únicamente de forma electrónica todos sus documentos tributarios, a excepción del Comprobante de Retención virtual.
A partir de la fecha en que los contribuyentes quedan obligados a emitir únicamente de forma electrónica todos sus documentos tributarios, la autorización y timbrado de sus documentos preimpresos o autoimpresores, otorgados por la SET perderá vigencia, sin perjuicio de los documentos ya emitidos.
Es importante mencionar que además deberán cumplir con el procedimiento de comunicación de numeración utilizada y baja de documentos timbrados de medios de generación diferentes al electrónico, a excepción del Comprobante de Retención virtual cuando sea Agente de Retención, antes de la fecha en la que queda obligado. El plan piloto inicia el 1 de julio del 2022.
Otra de las medidas dispuestas es que a partir del 1 de enero de 2024 todas las personas jurídicas que se inscriban como nuevos contribuyentes en el RUC, solamente podrán emitir de forma electrónica todos sus documentos tributarios, a excepción del Comprobante de Retención Virtual.