A partir del 1 de enero del 2021, las adquisiciones de servicios que se realicen en el extranjero a través de plataformas virtuales por parte de consumidores finales, estarán alcanzadas por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y por el Impuesto a la Renta de No Residentes (INR), según confirmó el viceministro de Tributación, Oscar Orué, durante una entrevista radial.
La disposición responde la Ley N° 6380/2019 cuya implementación gradual iniciará el primero de enero próximo. También entrará en vigencia la retención del IRP por rentas y ganancias del capital, provenientes de premios de casinos, apuestas deportivas, de premios de juegos de loterías, rifas, sorteos, bingos y demás juegos de suerte o de azar. La tasa de retención será del 8% sobre premios mayores a G. 500.000.
Asimismo, los precios de transferencia -una nueva figura que afectará principalmente al sector agrícola exportador, con el que se busca transparentar los ingresos por operaciones internacionales- entrará en vigencia. La nueva Ley dispone que los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero o en el país cuando la operación para una de las partes esté exonerada, exenta o no alcanzada por el IRE. También a quienes operen con empresas residentes en países de baja o nula tributación.
Los citados contribuyentes estarán obligados a determinar sus ingresos y deducciones, considerando para esas operaciones los precios y contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables, en similares condiciones.