Autoridades de Paraguay y Brasil han oficializado el acuerdo para la aplicación del modelo de reactivación en la zona fronteriza.
Los gobiernos de Paraguay y Brasil suscribieron un documento de entendimiento bilateral que permitirá a los ciudadanos de ambos países realizar sus compras al otro lado de la frontera, al amparo de las Decisiones MERCOSUR CMC N° 53/08 y CMC N° 03/2018 “Régimen Aduanero de Equipaje en el MERCOSUR”.
El acuerdo firmado tiene como objetivo implementar una modalidad de comercio fronterizo entre ambos países, que permita contribuir con la reactivación económica de las ciudades de frontera con la República Federativa del Brasil, en el contexto de las restricciones a la movilidad transnacional impuestas por el combate contra el COVID-19.
En ese sentido, ambos países acordaron que:
  • Se podrán establecer Centros Logísticos de Comercio Fronterizo en áreas cercanas a las fronteras entre Ciudad del Este y Foz de Iguazu (PR); Pedro Juan Caballero y Ponta Porã (MS); y Salto de Guaira y Mondo Novo (MS), a través de los cuales los ciudadanos de ambos países podrán realizar sus compras al otro lado de la frontera, conforme lo dispuesto en las Decisiones MERCOSUR CMC N° 53/08 y CMC N° 03/2018 “Régimen Aduanero de Equipaje en el MERCOSUR”.
  • Los Centros Logísticos de Comercio Fronterizo serán únicos por cada ciudad fronteriza y funcionarán en la zona primaria aduanera o en zonas definidas por las autoridades de cada país, dentro de los territorios nacionales, hasta donde ingresarán los ciudadanos de ambos países, exclusivamente para el retiro de las mercaderías compradas y luego retornarán a su país de origen.
  • En estos Centros Logísticos de Comercio Fronterizo se aplicarán las medidas de control necesarias en materia aduanera, migratoria y en especial un estricto control del cumplimiento de los protocolos sanitarios establecidos por cada país.
  • El monto de compras estará regido por las legislaciones internas sobre Régimen de Equipaje, cuyo monto asciende hasta USD 500.
  • Esta modalidad estará vigente mientras duren las restricciones al desplazamiento internacional de los ciudadanos relacionadas con la prevención y combate contra la COVID-19, en al menos uno de los países, conforme lo dispuesto en las legislaciones nacionales vigentes.
Procedimiento del régimen de equipaje:
- El comprador de origen realiza la compra de un bien y procede al pago por medios electrónicos
-La empresa nacional registra en la factura la descripción exacta de la mercadería, valor, consignatario y cantidad.
-La empresa nacional procede trasladar las mercaderías vendidas al Centro Logístico de Delivery en frontera ubicado en zona primaria aduanera.
-Se reciben las mercaderías en el centro logístico de Delivery de Frontera bajo supervisión aduanera.
-Se procede al control sanitario para el ingreso de la persona física al centro logístico de delivery en frontera.
-Entrega de mercaderías al comprador extranjero.