Toda persona tiene la posibilidad de acceder a productos y servicios financieros ofrecidos por proveedores financieros. Es importante que sepas que la Ley 1334/98 establece las normas de protección y de defensa de los consumidores y usuarios, en su dignidad, salud, seguridad e intereses económicos.
También es importante conocer que en la provisión de productos y servicios financieros interactúan el consumidor y el proveedor, por tanto, no solo tienes derechos como consumidor, también tienes obligaciones que pueden ayudar a proteger mejor tus transacciones financieras.
Para interiorizarse en los principales derechos, nos hacemos eco del manual de protección al consumidor financiero elaborado por la ENIF con el apoyo de Citi Paraguay.
  • A recibir educación e información adecuada sobre los diferentes productos y servicios financieros, con las correspondientes características y especificaciones sobre la composición, calidad, precio y riesgos que eventualmente presenten.
  • A leer con anterioridad los contratos de adhesión (el proveedor financiero tiene la obligación de redactar los contratos de adhesión con letra legible a simple vista, preferentemente no menor a 2.5 milímetros y en términos claros y comprensibles para ti).
  • A recibir el producto o servicio publicitado en el tiempo, cantidad, calidad y precio prometidos por el proveedor.
  • A conocer exactamente el plazo para el cumplimiento de tu obligación, el período de pago y las penalizaciones que conlleve la falta de cumplimiento.
  • A recibir atención amable y respetuosa, en horarios adecuados; incluso cuando se trate de gestiones de recuperación.
  • A acceder a tus informes de estado y/o condiciones específicas de los productos o servicios financieros contratados cuando lo requieras.
  • A recibir información adecuada sobre el proceso de quejas o reclamos por productos o servicios financieros, para lo cual, el proveedor financiero tiene la obligación de establecer mecanismos y procedimientos fáciles de realizar.
  • A tener adecuada protección contra la publicidad engañosa, los métodos comerciales coercitivos o desleales, y las cláusulas contractuales abusivas en la provisión de productos y la prestación de servicios financieros.