Todos los inmuebles tendrán un ajuste en su base imponible de 2,4% para las tierras rurales y urbanas.
La determinación de este nuevo valor se dio a conocer a través del Decreto Nº 3180/2019 por el cual se fijan los valores fiscales vigentes para el año 2020, establecidos por el Servicio Nacional de Catastro (SNC), dependiente del Ministerio de Hacienda.
Los valores fiscales constituyen la base imponible para el pago del Impuesto Inmobiliario, que es cobrado por las distintas Municipalidades y, sobre esta base, los municipios calculan el tributo correspondiente. La tasa del Impuesto Inmobiliario es del 1% del valor fiscal de la propiedad.
Cabe recordar que el valor fiscal por metro cuadrado es ajustado anualmente según la variación interanual que sufra el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Según el Banco Central del Paraguay (BCP), la variación interanual de noviembre de 2018 a octubre de 2019 ha sido del 2,4%.
Cualquier ciudadano interesado en conocer el monto del Impuesto Inmobiliario que debe abonar a su Municipalidad, puede hacerlo a través de la web institucional www.catastro.gov.py, apartado “Consulta para Inmueble Urbano” o “Consulta para Inmueble Rural”, dependiendo de la categoría de su propiedad.